“Como CAPS, nos estamos legalizando desde hace casi seis años. Fue una lucha lograrlo porque se tiene que cumplir con varios requisitos y uno no está preparado por desconocimiento. Como somos voluntarios, no disponemos de mucho tiempo para andar haciendo todos esos trasmites. Además se gasta en el pasaje, en la alimentación, no contamos con transporte público ágil para salir de la comunidad porque solo hay un bus que entra por la mañana y regresa por la tarde, hay que buscar en dónde sacar fotocopias, hacer consultas en la ciudad”, recuerda Felipe Isidro Caballero, Tesoreo del CAPS Los Urroces, de la comunidad de Lechecuago del municipio de León, una población próxima a las faldas del Cerro Negro.
“Aunque pasamos de todo y ahora tiramos una mirada al pasado, nos da satisfacción de saber que todas esas gestiones nos han dado muchos beneficios. La comunidad no estaba de acuerdo en legalizarse con el RUC y Administración de Renta porque había personas que traían información mal intencionado. No contábamos más que con la palabra de la ONG y por fe aceptamos seguir con los trámites y así avanzamos. A los cuatro de la junta nos afectó psicológicamente, decíamos que “nos habíamos metido en las patas de los caballos”.
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Antes nos cobraban como comerciante, pero ahora tenemos tarifa preferencial con Unión Fenosa. Al legalizar los terrenos del pozo y del tanque, el certificado de la Alcaldía y reforzar las coordinaciones con la Unidad Municipal de Agua y Saneamiento, UMAS, nos creamos la oportunidad de conseguir financiamiento del SIMAS y un apoyo mayor de la municipalidad. Tenemos un mejor sistema con un servicio del agua 24/7. Aquí son profundas las aguas porque este pozo tiene 700 pies de profundidad y atendemos a 450 personas agrupadas en 120 familias”.
Según las nuevas disposiciones a las reformas a la Ley 722 Ley Especial de los CAPS para la emisión de Certificado RUC, es necesario:
- Redactar una carta de solicitud firmada por quien funge como Presidente, en donde se indique el número de Certificado de Registro emitido por la Autoridad Nacional del Agua, de iniciales ANA. Esta solicitud puede ser presentada en físico o por correo electrónico.
- Copia del Acta de Constitución.
- Copia del Certificado de Registro Central de Prestadores de servicio emitido por INAA.
La persona remitente deberá estar debidamente acreditado con su número de cédula. Este trámite se realiza ante la Administración de Rentas Departamental. Al efectuar el retiro, debe portar las copias en físico para dejar en archivo. Esta disposición de requisitos es válida a partir del primero de marzo 2021.