Un llamado a los Comités de Agua Potable y Saneamiento, CAPS, a actualizarse sobre las modificaciones hechas a la Ley 722 Les Especial de los CAPS y la Ley 620 Ley General de las Aguas Nacionales y que no han iniciado su proceso asambleario en Rendición de Cuentas y Reestructuración o actualización de su Junta Directiva, resalta Ofilio Hernández Técnico de la Alcaldía Municipal de Telica, León, con la salvedad de apoyar la agilización de los procesos de legalización y actualización de los certificados emitidos en su momento por Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (INAA) y ahora es competencia de la Autoridad Nacional del Agua de siglas ANA.
Aclara Orfilio Hernández que en el municipio de Telica, cuenta con sistemas de Mini Acueducto por Gravedad, MAG y Mini Acueducto por Bombeo Eléctrico, MABE. Algunos CAPS no cuentan con un certificado como prestadores de servicio y esta, es una gran oportunidad para estar legales. Es necesario recordar que en la Ley 620 mandata, que cuando las instituciones públicas no pueden llegar hasta las comunidades, juegan un papel muy importante los CAPS.
Quiere decir que los sistemas serán administrados por la comunidad, conformando una Junta Directiva de CAPS que garantizará el servicio del agua a la comunidad, todo eso bajo la supervisión y control de ANA y las alcaldías municipales a través de la Unidad Municipal de Agua y Saneamiento, UMAS. La comunidad tiene todo el derecho de conformar un CAPS con las personas de la comunidad, votando para elegir a sus representantes que ejercerán diferentes funciones. (Artículo 75 del reglamento de la ley 620).
Como estos comités son considerados prestadores de servicio deben cumplir con ciertos requisitos legales, entre ellos el certificado de la municipalidad y el de ANA, que caducan cada dos años, según artículo 14 de los Estatutos y es necesario renovar y reportar, si en asambleas, hubo cambios en la reestrucción de la Junta Directiva o nombraron a las mismas personas en su cargo o no. Así de nuevo la municipalidad debe actualizar y certificar estos cambios y luego ser reconocidos por ANA.
“En este sentido se han establecido relaciones con los MAG del municipio de Telica: Cerro Rota, Cacao – Mata de Caña y Las Quemadas para poder articular esfuerzos y realizar sus asambleas de pobladores” agrega Ofilio, quien recomienda agilizar sus procesos asamblearios a los CAPS con MABE: Felix Pedro Carillo, El Chorizo, Zanjón – Santo Cristo, Unión España, entre otros.
“La idea es poder participar y certificar el proceso según estatutos internos de cada comité. Estamos anuentes a acompañarles en este proceso legal, nos puede contactar por el grupo de WhatsApp Telica o contactarme de forma directa para coordinarme con el representante del ANA. Además, como municipalidad vamos de la mano con el personal del SIMAS (Servicio de Información Mesoamericano sobre Agricultura Sostenible) que siempre acompaña y apoya en asuntos de mejoras, inversiones y reforzamiento a los CAPS en asuntos de comunicación y aspectos organizativos. ” concluye Ofilio
Una vez elegida la Junta Directiva, el proceso legal para aparecer en el Registro Central de Prestadores de Servicios de Agua Potable y Saneamiento, se hace la Solicitud de Inscripción y presentar los documentos: Acta de la asamblea, Estatutos y Reglamento (original y copia) acompañados del Certificado Municipal para recibir el Certificado de Prestador de Servicio en un plazo no mayor de 120 días calendarios. Con este escalón superado, le sigue los otros pasos para obtener su RUC y lograr la exoneración de impuestos y el beneficio de tarifa de energía eléctrica.